Radio Océano FM 107.9 – Desde Las Ventanas, Puchuncavi, V Región Chile  
 
  REGLAMENTO RADIO OCÉANO 20-04-2024 11:49 (UTC)
   
 

REGLAMENTO INTERNO DE LA RADIO OCÉANO FM DE LAS VENTANAS

 ARTICULO PRIMERO: La Emisora de Mínima Cobertura denominada “Radio Océano FM de Las Ventanas”  se regirá para su  funcionamiento por lo dispuesto en Decreto Nº 122 del Ministerio Secretaría General de Gobierno, de fecha 27 de Agosto de 2010, “Reglamento de la Ley Nº 23.433 que crea los Servicio de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana”, publicado en el Diario Oficial el 30 de Mayo de 2011, por la Ley 18.168 de 1982 Ley General de Telecomunicaciones y por lo establecido en el orden interno por el presente Reglamento de Funcionamiento. Cabe señalar que se está tramitando una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Las Ventanas.

 TITULO I

 De la Emisora

 ARTICULO SEGUNDO: La emisora sólo podrá perseguir finalidades culturales y comunitarias. En general la emisora propiciara programación tendiente a los siguientes temas:

La Asistencia Social,

La Prevención de Drogas y Alcoholismo.

La Protección del Medio Ambiente,

La Educación,

La Cultura,  El Deporte y La Recreación

La Capacitación y  Promoción del empleo,

El Turismo,

Seguridad en el Tránsito,

Emergencias,

La Prevención de riesgos,

y toda materia relacionada con el interés común en el ámbito local.-

 

TITULO II

 Del Funcionamiento

 ARTICULO TERCERO: La emisora funcionará principalmente con equipos proporcionados por CEDECPE, Organización Comunitaria Funcional a cuyo alero se creo el 6 de Abril de 2001, los que han sido adquiridos a través de presentación de Proyectos a diferentes estamentos municipales y gubernamentales. El personal que labore en Radio Océano FM de Las Ventanas será esencialmente Adhonorem, con la salvedad de aquellos que deban cumplir labores especiales y de vital importancia para el correcto y oportuno funcionamiento de Ella, como por ejemplo: Los Radiocontroladores.

ARTICULO CUARTO: La selección del personal que labore o que realice  funciones en la emisora deberá pasar por un período de prueba de a lo menos treinta días, tal forma de demostrar a la Dirección de la Radio su capacidad operativa y el cumplimiento de las disposiciones tanto legales, como de orden interno.

ARTICULO QUINTO: El presente reglamento de funcionamiento interno, es obligatorio para todo el personal que labore en la Emisora, en cualquier calidad: Contratado a Honorarios o Ad-honorem.

 TITULO III

 De los Radiocontroladores

ARTICULO SEXTO: Los Radiocontroladores, serán los responsables del cumplimiento de las presentes disposiciones, asumiendo la responsabilidad legal en cuanto al contenido de las transmisiones no autorizadas por la Dirección. Como así mismo, le queda expresa y terminantemente prohibido, sacar elementos del inventario de la Radio Océano FM sin autorización del Director, además serán personalmente responsables de no mantener personal extraño a la Emisora tanto en el “Locutorio”, como en la Sala de Controles y Discoteca. El incumplimiento de las presentes disposiciones, será motivo de su inmediata expulsión, sin más trámite.

 ARTICULO SEPTIMO: La misión y obligación fundamental de los Radiocontroladores, será dar cumplimiento estricto a la programación diaria de la Radio Océano FM, la que será entregada por la Dirección de la Radio. A falta de ella, se continuará ejecutando de acuerdo a la línea de la Radio, en conformidad a las programaciones anteriores.

 ARTICULO OCTAVO: El Radiocontrolador deberá informar en el Libro habilitado para estos efectos, de las novedades que existan durante su turno, como por ejemplo interrupciones de transmisión, detalles técnicos que requieran la intervención del gerente Técnico y cualquier otra anormalidad que a su criterio sean necesarias de informar.

 ARTICULO NOVENO: Los Radiocontroladores, estarán obligados a GRABAR todos los programas en vivo y a instruir y capacitar a la(s) persona(s) que la Dirección de la Radio les encomiende. Privilegiando por sobre todo, la correcta ejecución de su función, emitiendo finalmente un informe sobre su parecer relativo a las aptitudes, comportamiento y capacidad del postulante.

 ARTICULO DECIMO: Les queda expresamente prohibido sacar copia de pistas musicales o permitir que se haga, sin la autorización de la Dirección de la Radio.

 De los Locutores

 ARTICULO UNDECIMO: Los locutores de la Radio Océano FM son voluntarios y no necesariamente deben ser socios de CEDECPE,  serán personalmente responsables de todas y cada una de las opiniones que emitan. Podrán moderar programas especiales en que se aborden temas de carácter político o religioso, en donde se obedezca una programación previamente autorizada por la Dirección de la Radio, y siempre y cuando exista claramente un pluralismo, en caso alguno y bajo ningún pretexto se reservaran espacios radiales para determinado partido o tendencia política, a excepción de aquellos programas culturales debidamente estudiados y evaluados por la Dirección, cumpliendo siempre el principio del pluralismo.

 Los locutores que se autocontrolen, deberán GRABAR su programa, el no cumplimiento de esta disposición será motivo de cese del programa.

 El Director

 ARTICULO DUODECIMO: El Director de la Radio será nombrado por el Directorio de CEDECPE, previa aprobación de la Asamblea de Socios de la Organización y tendrá la responsabilidad de la Dirección General de la Emisora y velará permanentemente por el fiel y oportuno cumplimiento de la legislación vigente y lo establecido en el presente Reglamento de funcionamiento Interno.

 Asimismo será responsable de informar a la Subsecretaria de Transporte y Telecomunicaciones, cuando la emisora se vea impedida de cumplir con la concesión, es decir el hecho de “no salir al aire” por un periodo superior a las 24 horas.

 Deberá coordinar con los corresponsales, y con las personas a cargo de programas específicos, su ejecución, horarios y material a difundir.

 El Director de Programación

 ARTICULO DECIMO TERCERO: El Director de Programación de la Emisora, tendrá la responsabilidad del correcto y eficiente funcionamiento de los Equipos con que cuenta la emisora, tanto en su correcto uso como en la calidad de la emisión de la señal.

 Además será responsable de establecer todos aquellos enlaces hacia los Estudios Centrales que requieran la comunicación directa, especialmente de corresponsalía como del equipo de reporteros y periodistas.

 Dentro de sus atribuciones estarán comprendidas aquellas de supervisar el contenido de los programas, mantener  la Pagina Web y señal ON LINE, instruir a los radiocontroladores y podrá disponer la suspensión de programas, de personal, y modificar equipos cuando ellos no se rijan, por las disposiciones generales de telecomunicaciones, o por lo dispuesto en el presente Reglamento de Funcionamiento Interno

 De los Corresponsales y Colaboradores

 ARTICULO DECIMO CUARTO: Recibirán esta denominación todas aquellas personas naturales o representante de entidades con personalidad Jurídica, que colaboren con la programación de la Radio, quienes podrán aportar con su trabajo personal, de la entidad a la cual representan, en lo relativo a programación de interés general de la Comunidad, en temas relacionados con:

 La Asistencia Social,

La Prevención de Drogas y Alcoholismo.

La Protección del Medio Ambiente,

La Educación, La Cultura,  El Deporte, La Recreación y El Turismo,

La Capacitación y  Promoción del empleo,

Seguridad en el Tránsito, Emergencias y La Prevención de riesgos,

TITULO IV

 DE LA PROGRAMACION Y FINANCIAMIENTO DE LA RADIO OCEANO FM.

 Los  Directores de la Radio  y de Programación, serán los responsables de que la programación sea variada y amena en lo musical e informativo.

 ARTICULO DECIMO QUINTO:

La radio habilitará un buzón, con el objeto de recibir las colaboraciones, sugerencias solicitudes etc, de los auditores, el que será instalado en un lugar de fácil acceso. Al igual se habilitara un correo electrónico como también una línea telefónica de tal forma de recibir llamados complementarios al objetivo del buzón.-

 ARTICULO DECIMO SEXTO:

La programación de la radio puede sufrir las modificaciones que sean necesarias para cautelar el objetivo de su funcionamiento y obtener el máximo de sintonía.

El financiamiento de la Radio Océano FM de Las Ventanas, será a través de aporte de Socios Colaboradores, a los cuales se les retribuirá dicho aporte mediante difusión de capsulas no mayores de 30 segundos.

 Con estos aportes se cancelaran los servicios básicos (agua, luz), honorario de radiocontrolador, reposición y/o adquisición de equipos o elementos para el buen funcionamiento de Radio Océano FM.


 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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